10 novedades fundamentales de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo

¿Qué cambia para el trabajador autónomo tras la aprobación de la nueva ley?

Como ya le anticipábamos en el post publicado por este despacho en el mes de julio bajo el título “las claves de la nueva ley de autónomos”, se trata de una Ley que introduce importantes novedades respecto a las cotizaciones, gastos deducibles y bonificaciones del trabajador autónomo, así como medidas para favorecer la contratación y la conciliación familiar.

Algunas de las medidas de la ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha sido publicada el 25 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se han puesto en marcha al día siguiente de su publicación en el BOE. Otras, las más significativas, no entran en vigor hasta enero de 2018 al estar supeditadas a la asignación de una partida económica en los presupuestos generales del Estado para 2018.

Procedemos a desarrollar las DIEZ MEDIDAS que, conforme al criterio de este despacho, son importantes:

1.-Bonificaciones en la cuota de autónomos:

  • Para nuevos autónomos, con entrada en vigor en enero de 2018:  Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos con los siguientes tramos:

         12 meses a 50 euros,

         6 con una reducción del 50% de cuota (137,97 euros)

         y otros 6 con una reducción del 30% (cuota de 192,79 euros).

  • Los autónomos que emprenden por segunda vez, con tarifa plana: se abre la puerta a que se beneficien de nuevo de la tarifa plana siempre y cuando éstos hayan estado tres años en situación de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
  • Tarifa plana para madres autónomas (con entrada en vigor con la publicación en el BOE) que, habiendo cesado su actividad, reemprendan su negocio antes de dos años después del cese.
  • Para personas discapacitadas, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo (con entrada en vigor en enero de 2018) se mantienen las cuantías y tramos: 12 meses a 50 euros y los 4 años siguientes con una bonificación del 50% (cuota de 137,97 euros/mes).

2. Medidas para favorecer la conciliación familiar:

10 novedades fundamentales de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador AutónomoAdemás de la tarifa plana para madres autónomas que reemprendan su actividad tras haber cesado en la misma debido a la maternidad, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo recoge otras dos importantes medidas para favorecer la conciliación de las trabajadoras autónomas:

  • Bonificación del 100% de la cuota durante la baja por maternidad o paternidad: los autónomos que se encuentren de descanso por maternidad, paternidad, adopción o riesgos durante el embarazo contarán con una bonificación total de la cuota de autónomos (hasta ahora debían seguir pagando su cuota de autónomos).
  • Bonificación del 100% de la cuota durante un año para el cuidado de menores o personas dependientes: en este caso la bonificación está supeditada a la contratación de un trabajador. Se podrá solicitar en caso de tener a cargo menores de doce años o familiares en situación de dependencia.

3.- Sistema de cotización en el RETA:

La reforma propone cambios importantes en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), encaminadas a hacer más justo el actual sistema de cotización y adecuarlo a los ingresos reales de los autónomos, modificaciones que entrarán en vigor en enero de 2018:

  • Pago por días reales de alta: se comenzará a cotizar desde el día efectivo en que se den de alta y hasta el día en que se den de baja, en las tres primeras ocasiones, a lo largo del año que cursen alta en el RETA (en lugar de pagar la cuota de autónomos por meses completos como hasta ahora).
  • Cuatro plazos para los cambios de cotización: se amplia de dos a cuatro los posibles cambios anuales de base de cotización.

4.- Nuevas deducciones fiscales para los autónomos:

Como ya os informábamos en nuestro anterior post, la Ley introduce dos importantes novedades al permitir los siguientes gastos deducibles en el IRPF a partir también de enero de 2018:

  • Suministros domésticos: el autónomo que trabaje desde casa y así se lo haya notificado a Hacienda, podrá deducirse un 30% en el IRPF de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad.
  • Gastos por manutención: finalmente el autónomo podrá deducirse 27,27 euros diarios (48 euros en el extranjero)

5. Cambios en la cotización del autónomo societario:

Tras una subida de la base mínima de cotización del autónomo societario de un 8%, la reforma incluye la desvinculación de la cotización del autónomo societario al SMI y el grupo A del Régimen General. La regulación pasa a estar determinada por los Presupuestos Generales del Estado como en el caso de la cotización del autónomo.

6. Recargos por retrasos en el pago de la cuota de autónomos:

Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota a las Seguridad, que actualmente suponen un recargo del 20%, se reducen al 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente.

7. Medidas para favorecer la contratación:

  • 10 novedades fundamentales de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador AutónomoBonificaciones a la contratación de familiares: Los autónomos que contraten indefinidamente a familiares (cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras) podrán beneficiarse de una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses.
  • Contratación de hijos con discapacidad: se amplía a hijos con la posibilidad de contratar por cuenta ajena sin derecho a desempleo a hijos mayores de 30 años que convivan con el autónomo en el domicilio familiar.

8. Cobro de la pensión completa del jubilado autónomo:

Si es Ud. trabajador por cuenta propia en edad de jubilación y tiene personal contratado en su negocio, podrá compaginar su actividad y recibir el 100% de la pensión (hasta el momento, los autónomos en esta situación sólo recibían el 50% de la prestación).

9. Prevención de Riesgos laborales y salud laboral del autónomo:

Reconocimiento de accidentes in itinere.  Hasta ahora La Seguridad Social no contemplaba el accidente de trabajo in itinere, es decir, el que sucede en la ida o vuelta del trabajo.

10. Comisión de estudio:

Quedan en fase de estudio, en el ámbito de la subcomisión del Congreso para el estudio de la reforma del RETA, las siguientes medidas:

  • Concepto de habitualidad a efectos de la inclusión en el RETA, prestando especial atención a los autónomos cuyos ingresos íntegros no superen el salario mínimo interprofesional.
  • Cotización a tiempo parcial de los autónomos.
  • Jubilación parcial de los autónomos y criterios que la determinan, así como medidas para garantizar el relevo generacional.

Si es Ud. autónomo o está pensando serlo, GAMO Abogados, Administración y Gestión puede asesorarle en su actividad profesional asumiendo la gestión y defensa del conjunto de sus intereses contables, fiscales y laborales.

Permítanos acompañarle.

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Asesores laborales para autónomos Valladolid – GAMO Asesoramiento Legal, S.L.

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