

RESIDENCIA PREVIA
Encontrarse en España antes del 01/01/2026.
PERMANENCIA CONTINUADA
Acreditar una permanencia ininterrumpida mínima de 5 meses (en el momento de la solicitud).
ANTECEDENTES
Carecer de antecedentes penales en los términos reglamentarios y no representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
TRABAJO EN ESPAÑA
Haber trabajado en España o tener intención de trabajar en los términos previstos por la norma.
UNIDAD FAMILIAR
Convivir con una unidad familiar que encaje en los supuestos reglamentarios.
VULNERABILIDAD
Encontrarse en situación de vulnerabilidad acreditada por servicios sociales o por entidades del Tercer Sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.
INICIO
Solicitudes telemáticas: 16 de abril de 2026
Solicitudes presenciales: 20 de abril de 2026
VENTANA DE SOLICITUDES
Hasta el 30/06/2026.
VIGENCIA INICIAL
1 año.
EVALUACIÓN DE TU CASO
Estudio previo de viabilidad para la regularización extraordinaria 2026 (y alternativas si no encaja).
CHECKLIST DOCUMENTAL
Tendrás una checklist documental adaptada a tu caso y planificación por fechas.
REVISIÓN Y RIESGOS
Análisis de pruebas de permanencia, revisión de situación administrativa, antecedentes, detección de riesgos y propuesta de refuerzo probatorio.
PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
Preparación y presentación por vía telemática como representantes.
SEGUIMIENTO
Seguimiento de requerimientos, subsanaciones y resolución.
PLANIFICACIÓN POSTERIOR
Planificación posterior para la modificación de la autorización al vencer el primer año.
EXPERIENCIA
Más de 34 años de experiencia como abogados en Valladolid.
Sí, el Real Decreto de regularización extraordinaria de personas migrantes en España ha sido aprobado el 14 de abril de 2026 y publicado en el BOE el 15 de abril de 2026. Las solicitudes pueden presentarse desde el día 16 de abril de manera telemática y de forma presencial a partir del 20 de abril de 2026 con cita previa.
Sí, pero con precisión jurídica. La habilitación provisional para residir y trabajar no nace con cualquier resguardo, sino con la comunicación oficial de inicio de la tramitación del procedimiento. Desde ese momento, la persona solicitante puede trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación o sector.
La autorización que finalmente se conceda tiene una vigencia inicial de un año. Antes de su vencimiento, lo ordinario será tramitar la modificación correspondiente conforme al Reglamento; solo de forma excepcional cabrá una prórroga.
Si la solicitud de protección internacional, o el recurso correspondiente, fue presentada antes del 1 de enero de 2026, puede estudiarse el acceso a esta regularización. Ahora bien, si la regularización se concede, la persona deberá desistir de la solicitud de asilo o del recurso pendiente.
En cuanto a devolución o expulsión, la norma prevé que la concesión de la autorización archive el procedimiento y, en su caso, revoque la orden cuando se trate de los supuestos previstos en la normativa de extranjería aplicable a la estancia irregular. No debe formularse como una promesa universal aplicable a cualquier expediente sancionador.
Hasta el 30 de junio de 2026. La tramitación telemática se abrió el 16 de abril y la atención presencial comenzó el 20 de abril, con cita previa.
No necesariamente. La permanencia puede acreditarse por cualquier prueba válida en Derecho que identifique a la persona y refleje fecha.
Sí. Puede presentarse telemáticamente con certificado, mediante apoderamiento, por profesionales habilitados o por entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería. También existe vía presencial con cita previa.
El plazo máximo de resolución y notificación es de tres meses, con silencio desestimatorio si no se notifica resolución en plazo, sin perjuicio de posibles suspensiones legalmente previstas.
Aunque el foco ahora está en la regularización extraordinaria 2026, no es la única opción. En muchos casos, la vía adecuada es un arraigo (social, laboral, formación), una autorización de residencia y trabajo, una renovación bien planteada o un recurso contra denegación. En consulta te diremos cuál es la opción con mejor probabilidad y qué prueba necesitas para sostenerla.
Significa obtener una autorización de residencia (y, según la guía oficial, con habilitación para trabajar) para salir de la situación irregular. Lo relevante es encajar en los requisitos y presentar un expediente probatoriamente sólido.
Con documentos fechados y coherentes que demuestren presencia continuada (empadronamiento, citas médicas, remesas, contratos, facturas, etc.). No se trata de un único documento, sino de un conjunto que encaje cronológicamente.
La guía oficial se refiere a haber residido en España antes del 1 de enero de 2026. Conviene preparar pruebas que acrediten esa residencia y la permanencia continuada mínima.
La guía oficial menciona como requisito indispensable carecer de antecedentes penales. Hay que analizar tu situación concreta y los certificados aplicables, porque la denegación por este motivo es uno de los riesgos principales.
La autorización que finalmente se conceda tiene una vigencia inicial de un año. Antes de su vencimiento, lo ordinario será tramitar la modificación correspondiente conforme al Reglamento; solo de forma excepcional cabrá una prórroga.
La regla general es tramitar la modificación a la autorización que corresponda conforme al Reglamento. Solo excepcionalmente cabe prórroga en los términos previstos por la norma.
- BOE: Real Decreto 316/2026, de 14 de abril.
- BOE: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
- BOE: Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre.
- BOE: Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo.
- La Moncloa / Ministerio de Inclusión: nota oficial del proceso de regularización migratoria 2026.
Evaluamos elegibilidad, ordenamos la prueba, detectamos riesgos, construimos un expediente coherente, presentamos y hacemos seguimiento, gestionamos requerimientos y subsanaciones y, si es necesario, preparamos recursos y plan alternativo.
Sí. Una consulta con abogado extranjería permite evaluar viabilidad y preparar un expediente sólido. Si buscas cómo regularizar papeles en España con la regularización extraordinaria de 2026, conviene hacerlo bien desde el inicio, tanto por la regularización extraordinaria como por permisos ordinarios. En Valladolid, lo tramitamos como abogado inmigración Valladolid.
Puedes llamarnos al 983 37 99 00 o escribirnos por el formulario de contacto. La primera toma de contacto es gratuita y te daremos un presupuesto por escrito, ajustado a tu caso.
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