La posibilidad de divorcio de mutuo acuerdo ante un Notario es, sin duda, una fórmula sustancialmente más ágil y económica que la vía judicial. Para poder adoptar esta alternativa deben concurrir una serie de requisitos, ya que en caso contrario deberemos seguir la tramitación del divorcio ante el Juzgado.
En unas semanas (próximo día 4 de Junio) se reanudarán los plazos procesales que quedaron suspendidos tras la declaración del estado de alarma generado por la crisis sanitaria del coronavirus. Tras ello, se prevé un alto incremento en la solicitud de divorcios, lo cual conllevará una importante ralentización de la tramitación de este tipo de procedimientos en los juzgados de familia.
Ante esta situación y siempre que los cónyuges hayan decidido afrontar el divorcio de mutuo acuerdo, estos tienen dos vías alternativas: divorciarse ante el Juzgado o ante el Notario.
Analicemos las particularidades de la vía notarial.
¿Qué requisitos se exigen para acometer el divorcio de mutuo acuerdo en una Notaría?
Los requisitos serían los siguientes:
1º.- Que, efectivamente, sea un divorcio de mutuo acuerdo.
2º.- Que hayan transcurrido más de tres meses desde que se contrajo matrimonio.
3º.- Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.
4º.- Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.
¿En necesario contratar un abogado?, ¿cuál es su función?, ¿qué costaría?
En efecto, para hacer frente a un divorcio de mutuo acuerdo, es necesario contratar a un abogado que prestará el asesoramiento legal necesario a ambos cónyuges para la redacción, tanto de la escritura de divorcio, como del convenio regulador.
Los honorarios del abogado que se contrate deben pactarse con el propio letrado, por lo que no existe una cantidad establecida y habrá de acordarse por las partes en el contrato de prestación de servicios formalizado con el despacho profesional.
¿Qué documentación necesito?
La documentación que se deberá entregar al letrado será la siguiente:
- DNI o NIE de los cónyuges
- Libro de familia para acreditar que los cónyuges no tienen hijos menores de edad.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad, si los hubiera.
- Convenio regulador previamente acordado y redactado por el abogado.
¿A qué Notario puedo / debo acudir? ¿Qué gastos representa?
El divorcio ha de realizarse ante el Notario del último domicilio común o el del lugar de residencia habitual de cualquiera de los dos cónyuges.
En cuanto a los gastos notariales es difícil dar una cifra exacta, pero viene a representar una cantidad aproximada entre los 100 y 150 € a abonar entre los dos cónyuges, a partes iguales.
¿Cambia algo si existen hijos mayores?
Si hay hijos mayores de edad o menores emancipados, estos deberán prestar su consentimiento “respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar” conforme recoge el artículo 82 del Código Civil.
¿En qué consistirá el trámite de divorcio en la Notaría?
Una vez redactada la escritura y el Convenio regulador por el abogado elegido, se llevarán a la Notaría, fijándose un día para ratificar el Convenio y mostrar la voluntad de los cónyuges para la firma del divorcio de mutuo acuerdo.
Igualmente tendrán que estar presentes los hijos mayores de edad que sigan dependiendo de los cónyuges.
¿Quién inscribe el divorcio de mutuo acuerdo en el Registro?
El Notario remitirá por medios electrónicos al Registro Civil el acuerdo del divorcio para su inscripción.
¿Qué vía aconsejamos utilizar para instrumentar el divorcio de mutuo acuerdo: la Notaría o el Juzgado?
En la situación actual de estado de alarma y ante el previsible atasco judicial que afectará especialmente a los juzgados de familia, la tramitación del divorcio ante Notario es, sin duda, una alternativa aconsejable frente a la tramitación judicial. A esta conclusión llegamos por las siguientes razones:
- El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo ante un Notario es mucho más rápido que el divorcio ante el Juzgado, al evitarse la demora y la incertidumbre de los plazos procesales y, en concreto, la fecha en la cual citará el juzgado a ambos cónyuges para la ratificación del convenio.
- Es más cómodo y tranquilo acudir a un Notario para ratificar el convenio previamente redactado por el abogado, evitando acudir a los juzgados lo que, en muchos casos, conlleva una situación más tensa e incómoda para los cónyuges.
- No es necesario esperar a la firmeza de la sentencia de divorcio. El acta notarial de divorcio surte plenos efectos desde el momento de su firma ante el Notario.
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Abogados para separaciones y divorcios en Valladolid – GAMO Asesoramiento Legal, S.L.
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