MULTAS DE TRÁFICO POR FALTA DE SEGURO DE CIRCULACIÓN

En España, la seguridad vial es una prioridad indiscutible. Uno de los elementos fundamentales para garantizarla es el seguro de circulación. No contar con el seguro obligatorio puede tener consecuencias significativas, no solo en términos de seguridad personal, sino también en el ámbito legal y económico. En este artículo, exploraremos las multas asociadas con la falta de seguro de circulación en España.

EL SEGURO DE CIRCULACIÓN, OBLIGATORIO POR LEY

El seguro de circulación es un requisito legal para todos los vehículos que circulan en España. Este seguro tiene como objetivo proteger a los conductores, pasajeros y terceros en caso de accidente. La ausencia de este seguro no solo pone en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la carretera, sino que también viola la legislación de tráfico española.

CONSECUENCIAS LEGALES

No tener un seguro de circulación adecuado puede derivar en multas considerables. Las autoridades de tráfico en España están comprometidas a hacer cumplir estrictamente esta normativa para garantizar un entorno vial seguro. Las multas por falta de seguro varían en función de la gravedad de la infracción y pueden oscilar entre los 601 y los 3,005 euros.

CUÁNDO Y CÓMO RECURRIR UNA MULTA POR NO TENER SEGURO OBLIGATORIO

Es posible recurrir una multa por no tener seguro obligatorio. Pero solo en circunstancias muy concretas. Las analizamos aquí. Pero para solucionarlo y recuperar su coche, necesitará contratar un seguro.

PROCESO DE SANCIÓN

Cuando un conductor es sancionado puede optar entre:

  • Pagar la multa, acogiéndose a la bonificación por pronto pago si lo hace en los 20 días naturales desde la notificación.
  • Recurrir la sanción, si la considera injusta o errónea.

El proceso de recurso debe comenzar con un escrito de alegaciones, en el mismo plazo. Más adelante, también podría recurrir la resolución, si le es desfavorable, pero solo si su alegación previa ha sido desestimada.

Es decir, legalmente, toda multa es recurrible. Cosa distinta es que el recurso tenga opciones reales de prosperar. Bajo esta premisa, también podrá recurrir una multa por no tener seguro de coche. Siguiendo con el procedimiento habitual: presentar alegaciones y, posteriormente, los recursos correspondientes.

El verdadero problema es que son muy pocos los escenarios en los que recurrir una multa por no tener seguro obligatorio es viable. A de tomarse conciencia acerca de que es imprescindible conducir con seguro. Incluso si deja su coche sin seguro en la calle, aunque permanezca aparcado, también le podrían poner una multa por no tener seguro. Cualquier vehículo a motor que ocupe la vía pública debe tener un seguro de vehículo.

CASOS EN LOS QUE SE PODRÍA RECURRIR UNA MULTA POR NO TENER SEGURO OBLIGATORIO

Si le han dado “el alto” mientras circulaba o han identificado su coche en la vía pública, el agente de la autoridad habrá hecho una comprobación rutinaria para averiguar si el vehículo cumple con la obligación de estar protegido por, al menos, un seguro de coche obligatorio.

Para ello, introduce la matrícula en el “Fichero Informático de Vehículos Asegurados (FIVA)”, (elaborado a partir de los datos aportados por las aseguradoras) y hace una consulta telemática inmediata para saber si el coche cuenta con un seguro en vigor.

El FIVA es clave para la posibilidad de recurrir una multa por no tener seguro obligatorio, porque, en ocasiones, la información que proporciona puede no ser veraz.  Por un lado, la aseguradora podría haber grabado mal los datos de su asegurado en el FIVA, cometiendo un error en un dígito o una letra al indicar la matrícula y el coche, pese a tener seguro, no constando el vehículo como asegurado.  Por otro, aunque no ocurre con mucha frecuencia, al error de la aseguradora puede añadirse un error en los datos registrados por parte del FIVA, no figurando el vehículo en el fichero.

ANTES DE RECURRIR UNA MULTA POR NO TENER SEGURO OBLIGATORIO:

  • Compruebe que los datos del vehículo que figuran en el boletín de la denuncia son correctos.
  • Si conducía el vehículo, pero no es Ud. el titular, no le sancionarán a Ud., y habrá de ser el propietario quien deba, si lo cree oportuno, recurrir la multa por no tener seguro obligatorio.
  • Si recurre, perderá el derecho a bonificación. Es decir, si la resolución de la DGT no es a su favor, tendrá que abonar el 100 % de la multa.
  • No puede recurrir una multa por no tener seguro obligatorio sin más. Es imprescindible alegar primero.
  • Sí existe, sin embargo, el recurso de revisión. Y puede presentarse pasado el plazo máximo, siempre que se alegue un error en la sanción.

Para presentar alegaciones, deberá aportar información nueva; algo que el agente que le multó no tuvo en cuenta. En este caso, si le multan aunque su seguro sí estaba en vigor porque los datos del FIVA no estuvieran actualizados, valdrá la póliza, con la fecha de contratación del seguro.

CÓMO RECURRIR UNA MULTA POR NO TENER SEGURO OBLIGATORIO

El trámite para recurrir una multa por no tener seguro obligatorio es el mismo que para recurrir cualquier otra sanción. Siempre respetando los plazos (20 días naturales desde la notificación) y las formas.

El proceso empieza con un escrito de alegaciones que debe presentar ante la Dirección General de Tráfico (DGT), encargada, junto al Consorcio de Seguros, del control de la obligación de asegurar un vehículo.

Literalmente, tiene que alegar los motivos por los que la sanción debe ser sobreseída. Para ello, como informa la propia DGT, es necesario “aportar datos nuevos o distintos de los constatados por el Agente que le denunció”. En el caso que nos ocupa, deberá demostrar que el coche sí tiene seguro.

Si lo que Ud. alega es un error de la aseguradora, además de los datos del vehículo en los que conste la matrícula correcta y la póliza que refleje el error, necesitará un certificado de la compañía aseguradora en el que se admita el error por su parte y una copia del recibo, para que conste que el seguro está en vigor.

Si la resolución de esta alegación no le da la razón, entonces sí podrá recurrir la multa por no tener seguro obligatorio de Responsabilidad Civil mediante un “Recurso potestativo de reposición contra la resolución desestimatoria” ó mediante un “Recurso extraordinario de revisión”.

CONCLUSIONES

Las multas por falta de seguro de circulación en España buscan garantizar la seguridad vial y fomentar la responsabilidad de los conductores.

No solo es un requisito legal, sino también un compromiso vital para la protección de todas las personas en la carretera. La conciencia, el respeto a la normativa y la promoción de conductas seguras son elementos clave para mantener las carreteras españolas libres de riesgos innecesarios.

Cumplidas nuestras obligaciones como conductores, nada impide que se vea Ud. inmerso en un proceso sancionador injusto o infundado del que puede Ud. defenderse mediante los cauces legales y administrativos arbitrados al efecto.  Acuda a un despacho profesional que le asesorará y acompañará en la resolución del expediente sancionador.

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