Las claves de la nueva ley de autónomos

Analizamos la Ley de Autónomos, que pretende impulsar el empleo por cuenta propia con ayudas económicas y menos “trabas burocráticas”

La Comisión de Empleo del Congreso, con competencia legislativa plena, ha aprobado la nueva ley de autónomos, que continuará su trámite en el Senado.

La nueva Ley tiene por objetivo reformar las condiciones de los trabajadores por cuenta propia, mejorando la protección social, la fiscalidad y la seguridad jurídica del profesional autónomo, minorando cargas económicas y administrativas y adoptando medidas para el fomento del emprendimiento.

Resumimos los cambios sustanciales de mayor interés.

¿Por qué es necesaria esta nueva Ley? Las claves de la nueva ley de autónomos: principales novedades

Los trabajadores autónomos son más de tres millones de personas en España y en el último año han generado el 27,6% del empleo total (son 1.040.000 los asalariados contratados por un autónomo, creciendo la contratación de éstos a un ritmo del 5%). Sin embargo, es uno de los sectores más desprotegidos.

Su incremento en la afiliación a la Seguridad Social encadena 44 meses consecutivos de incrementos y se han recuperado ya 312.000 de los empleos autónomos destruidos por la crisis.

¿Podrán beneficiarse todos los autónomos?

Sí (aunque hay alguna medida que va dirigida exclusivamente a los autónomos que tienen empleados). Un ejemplo será la posibilidad de cobrar el 100% de la pensión aunque se continúe trabajando, medida que busca mantener la actividad y, por tanto, el empleo.

¿Cuándo entra en vigor?

La ley ha salido del Congreso con el apoyo unánime de los grupos. Ahora comenzará su singladura en el Senado, donde no está prevista la incorporación de enmiendas, y volverá al Congreso para ser ratificada. Lo más probable es que el grueso de medidas entre en vigor en septiembre y las relacionadas con altas y bajas a la Seguridad Social y el cambio de bases en enero de 2018.

¿Cuáles son las principales novedades?

Estas son las principales novedades de la proposición de la Ley de Autónomos publicadas en el BOE el pasado 4 de Julio:

  • Podrá cambiarse hasta cuatro veces en el mismo año la base de cotización, en función de los intereses y los ingresos del autónomo.
  • Al darse de alta o de baja en la Seguridad Social, los autónomos solo pagarán por los días que hayan trabajado, no por meses completos. Es decir, quien se dé de alta el día 29 de mes no tendrá que pagar por los 28 días anteriores.
  • Se amplía la tarifa plana de 50 euros de 6 meses a un año. Los emprendedores podrán optar de nuevo a esa tarifa plana si han pasado dos años desde que dejaron de ser autónomos y no tendrán que esperar cinco años para reemprender su actividad, como hasta ahora. Las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad también pagarán 50 euros como cuota a la Seguridad Social.
  • Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros (agua, luz, gas y telefonía) siempre que se trabaje desde casa.
  • Se han establecido deducciones por la manutención cuando ésta trae causa directa en la actividad profesional desarrollada, con un límite de 26 euros diarios, siempre que pueda comprobarse a través de medios telemáticos.
  • Se reconoce el accidente in-itinere (es decir, en la ida o en la vuelta al puesto de trabajo) para los profesionales autónomos.
  • Se aprueba la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores dependientes.
  • Se corrige la cuota de autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo interprofesional de manera que se determine en los presupuestos generales del Estado en cada ejercicio, después de consultadas las asociaciones de autónomos más importantes.
  • Se permite la compatibilización del 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
  • Se han reducido los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
  • Se devolverá el exceso de cotización a los trabajadores con pluri-actividad sin que tengan que solicitarla.
  • Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consolidar su actividad empresarial.  También se mejora la formación en prevención de riesgos laborales.
  • Mejoran las condiciones de los emprendedores con discapacidad.
  • Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasarán a considerarse de “utilidad pública”.

 

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